La plataforma digital que lanzó el gobierno, busca facilitar a las pequeñas y medianas empresas, las operaciones de exportación para vender al exterior de manera sencilla mediante el sistema online.
- Los exportadores que realicen sus operaciones mediante este sistema no tendrán que estar inscriptos en el registro de importadores y exportadores.
- Los reintegros y reembolsos se recibirán directamente en la cuenta del exportador.
- El Courier retira la mercadería por el lugar designado y la envía al destino que elegido, sin intervención de terceros
- También, el operador recibe el dinero transferido y tiene 10 días para transferirlo.
¿QUÉ Y CUÁNTO PODÉS EXPORTAR?
- Bienes producidos en el país, nuevos, que no estén alcanzados por suspensiones, prohibiciones o cupo a la exportación
- El peso del envío no puede ser mayor a 300 kg
- El valor de la mercadería no puede superar los US$15.000
- El monto máximo de exportación anual es US$600.000
¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?
- Los sujetos beneficiarios deberán contar con CUIT y clave fiscal con Nivel de Seguridad 3 como mínimo.
- Los bienes a exportar mediante el presente régimen no podrán ser aquellos sometidos a un tratamiento operativo específicamente normado para el control aduanero.
¿QUIÉNES SON LOS RESPONSABLES?
- Los Prestadores de Servicios Postales serán los responsables de efectuar los registros de las operaciones de exportación, de acuerdo con las exigencias que la normativa específica prevea y/o las que en un futuro se dicten a fin de efectivizar la presente medida.
¿CÓMO SE REALIZA EL EGRESO DE MERCADERÍA?
- Mediante la intervención de Prestadores de Servicios Postales, quienes deberán estar inscriptos como “Prestador CUSE” y registrarán sus declaraciones a través del Sistema Informático Malvinas (SIM).
- El Courier será el responsable de efectuar los registros de las operaciones de exportación, de acuerdo con las exigencias que la normativa específica prevea y/o las que en un futuro se dicten a fin de efectivizar la presente medida.
- Asimismo, estas operaciones estarán alcanzadas por los derechos de exportación, que deberán cancelarse mediante el uso del Volante Electrónico de Pago (VEP) en forma previa al embarque de la mercadería.
¿QUÉ OCURRE EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN?
- El incumplimiento de los requisitos establecidos en este régimen responsabiliza al courier y al sujeto beneficiario, respecto a la aplicación de las penalidades que correspondan por las infracciones y/o ilícitos que se cometan en virtud de lo dispuesto por las normas vigentes.
Más información: https://www.exportasimple.gob.ar/