Senadores de la comisión de industria y comercio se reunieron para tratar el proyecto de ley nacional sobre la fabricación instalación, y funcionamiento de ascensores
¨ La ley busca garantizar la seguridad en los equipos en todo el territorio nacional.
¨ Asegurar la accesibilidad de las personas con movilidad reducida.
¨ Adecuar a normas comunes a los municipios en todo el ámbito territorial.
¨ Cumplir con las Normas Técnicas IRAM / Mercosur aprobadas para la fabricación e instalación de equipos de transporte vertical.
¨ Lograr que el propietario o su representante legal cuente con un seguro de responsabilidad civil por potenciales daños a terceros y que impida el uso del equipo de su propiedad, si no cumple las garantías técnicas.
El martes 14 de abril se realizó la reunión de senadores pertenecientes a la Comisión de Industria y Comercio de La Nación, que preside el Senador Eugenio “Nito” Artaza, en el Salón “Arturo Frondizi” del edificio Senador Nacional Alfredo L. Palacios para tratar el Expediente. S-1137/14, ARTAZA.
Dicho expediente se refiere al proyecto de ley que regula la fabricación, instalación, función y control de ascensores, montacargas, escaleras mecánicas y/o equipos de transportes vertical y horizontal fijo. El Presidente de la Comisión de Industria y Comercio del Senado de la Nación, junto al Presidente de FACARA (Federación Cámara de Ascensores de la Republica Argentina), Sr. Fernando Suárez, encabezaron la reunión que contó con la presencia de los senadores y asesores integrantes de la Comisión de Industria y Comercio de la Nación.
Al respecto el senador Artaza, expresó: “Es un gran paso estar trabajando en esta comisión junto a los representantes del transporte vertical, porque nadie mejor que ustedes para explicar a los asesores y a los Senadores, sobre los aspectos a regular en los medios mecánicos de elevación. Es importante destacarlos como sector, porque son los que nos piden que los controlemos a través de una ley que regule la actividad y vele por la seguridad de los usuarios en todo el ámbito nacional”.
Por su parte, el presidente de la FACARA, Sr. Suárez, señaló que “Nos alegra que el proyecto de ley siga su curso en el Senado, tenemos confianza en que este año seguiremos avanzado en el camino de lograr una ley uniforme para todo el país. Tenemos un gran compromiso con la sociedad en lo que se refiere a garantizar la seguridad y accesibilidad de los usuarios, por lo que es prioritario unificar el instrumento legal para asegurar la calidad y la seguridad de este medio de transporte que es tan vital”.
SITUACION DEL TRANSPORTE VERTICAL EN EL PAÍS¿POR QUE ES IMPRESCINDIBLE UNA LEY NACIONAL?
El Comité Permanente de Seguridad de Ascensores quien trabaja en conjunto con la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal Argentina, alertó que el 48% de los accidentes de ascensores corresponde a fallas en la conservación del equipo, mientras que el 18% de los siniestros se dan por malas maniobras de los usuarios, de los cuales muchos se produjeron en viviendas o edificios multifamiliares donde viven niños y ancianos. Un 22 % de los accidentes corresponden al llamado pie de ascensor en los edificios que todavía cuentan con puertas tijera. Al respecto, Suárez, titular de FACARA, señala que “Para disminuir estas cifras se debería contar una legislación por parte de los municipios que generen la obligación de cambiar estas puertas a través de un instrumento legal porque sin este elemento, a las empresas responsables del mantenimiento les resulta difícil crear conciencia en los consorcios para que las cambien por puertas seguras y reglamentarias”.
Mientras el transporte público de pasajeros (colectivo) traslada diariamente cinco millones ochocientos mil pasajeros en el territorio nacional, los subterráneos algo más de medio millón de personas y los ferrocarriles un millón de individuos; los ascensores en nuestro país, realizan alrededor de cuarenta y ocho millones de viajes por día, transportando nueve millones quinientos mil pasajeros. Por tal razón, surgió la necesidad de impulsar una ley común para todo el país que regule la fabricación, instalación, conservación y control de ascensores, escaleras mecánicas, plataformas de elevación vertical o inclinada para minusválidos y todo otro dispositivo destinado al transporte vertical.
* LA FOTO CORRESPONDE A LA PRESENTACION DEL PROYECTO DE LEY EN EL SENADO DE LA NACION.